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Condiciones de venta

Contrato de Venta


El presente Contrato de Venta se celebra entre el Comprador y Industrial Automation, e incorpora los Términos y Condiciones Generales para la Venta de Bienes proporcionados por Industrial Automation Co. (los "Términos"), y todos ellos en conjunto constituyen el acuerdo completo entre un Comprador e Industrial Automation en relación con la compra y venta de los Bienes, y rigen la compra y venta de los Bienes ("Acuerdo"). En caso de cualquier conflicto o ambigüedad entre esta Confirmación de Venta y los Términos, la Confirmación de Venta prevalecerá.

 

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES PARA LA VENTA DE BIENES

 

  1. Aplicabilidad.

 a. Los presentes términos y condiciones de venta (estos "Términos") son los únicos términos que rigen la venta de los bienes ("Bienes") por parte de Southern Property Consultants, LLC dba Industrial Automation Co. ("Industrial Automation") al comprador que figura en la Confirmación de Venta ("Comprador"). No obstante lo aquí establecido en contrario, si existe un contrato escrito firmado por ambas partes que cubra la venta de los Bienes aquí cubiertos, los términos y condiciones de dicho contrato prevalecerán en la medida en que sean inconsistentes con estos Términos.

 b. La confirmación de venta adjunta (la "Confirmación de Venta") y estos Términos (colectivamente, este "Acuerdo") comprenden el acuerdo completo entre las partes y reemplazan todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, representaciones y garantías, y comunicaciones, tanto escritas como orales, anteriores o contemporáneas. Estos Términos prevalecen sobre cualquier término y condición general de compra del Comprador, independientemente de si el Comprador ha presentado su orden de compra o dichos términos. El cumplimiento de la orden del Comprador no constituye la aceptación de ninguno de los términos y condiciones del Comprador y no sirve para modificar o enmendar estos Términos.

 

  1. Entrega.

 a. Los Bienes se entregarán en un plazo razonable después de la recepción de la orden de compra del Comprador, sujeto a la disponibilidad de los Bienes terminados. Industrial Automation no será responsable de ningún retraso, pérdida o daño en tránsito.

 b. A menos que se acuerde lo contrario por escrito entre las partes, Industrial Automation entregará los Bienes en el Punto de Entrega utilizando los métodos estándar de Industrial Automation para el embalaje y envío de dichos Bienes. El Comprador deberá recibir los Bienes dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación escrita de Industrial Automation de que los Bienes han sido entregados en el Punto de Entrega. El Comprador será responsable de todos los costos de carga y proporcionará el equipo y la mano de obra razonablemente adecuados para la recepción de los Bienes en el Punto de Entrega.

c. Industrial Automation podrá, a su entera discreción, sin responsabilidad ni penalización, realizar envíos parciales de Bienes al Comprador. Cada envío constituirá una venta separada, y el Comprador pagará las unidades enviadas, ya sea que dicho envío sea en cumplimiento total o parcial de la orden de compra del Comprador.

 d. Si por alguna razón el Comprador no acepta la entrega de cualquiera de los Bienes en la fecha fijada de conformidad con la notificación de Industrial Automation de que los Bienes han sido entregados en el Punto de Entrega, o si Industrial Automation no puede entregar los Bienes en el Punto de Entrega en dicha fecha porque el Comprador no ha proporcionado las instrucciones, documentos, licencias o autorizaciones adecuados: (i) el riesgo de pérdida de los Bienes pasará al Comprador; (ii) los Bienes se considerarán entregados; y (iii) Industrial Automation, a su opción, podrá almacenar los Bienes hasta que el Comprador los recoja, momento en el cual el Comprador será responsable de todos los costos y gastos relacionados (incluidos, entre otros, el almacenamiento y el seguro).

 

  1. Falta de entrega.

a. La cantidad de cualquier entrega de Bienes registrada por Industrial Automation al despachar desde el lugar de negocios de Industrial Automation constituye prueba concluyente de la cantidad recibida por el Comprador en la entrega, a menos que el Comprador pueda proporcionar pruebas concluyentes que demuestren lo contrario.

b. Industrial Automation no será responsable por ninguna falta de entrega de Bienes (incluso si es causada por la negligencia de Industrial Automation) a menos que el Comprador notifique por escrito a Industrial Automation la falta de entrega dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que los Bienes habrían sido recibidos en el curso normal de los acontecimientos. 

 c. Cualquier responsabilidad de Industrial Automation por la falta de entrega de los Bienes se limitará a reemplazar los Bienes dentro de un plazo razonable o a ajustar la factura correspondiente a dichos Bienes para reflejar la cantidad real entregada.

 

  1. Cantidad. Si Industrial Automation entrega al Comprador una cantidad de Bienes hasta un diez por ciento (10%) más o menos que la cantidad establecida en la Confirmación de Venta, el Comprador no tendrá derecho a objetar o rechazar los Bienes o cualquier parte de ellos por razón del excedente o la escasez, y pagará por dichos Bienes el precio establecido en la Confirmación de Venta ajustado pro rata.

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  1. Términos de envío. Industrial Automation realizará la entrega de acuerdo con los términos que figuran en la Confirmación de Venta.

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  1. Título y riesgo de pérdida. La titularidad y el riesgo de pérdida pasan al Comprador en el momento de la entrega de los Bienes en el Punto de Entrega. Como garantía colateral para el pago del precio de compra de los Bienes, el Comprador otorga a Industrial Automation un gravamen y una garantía real sobre todos los derechos, títulos e intereses del Comprador en y sobre los Bienes, dondequiera que se encuentren, y ya sean existentes o que surjan o se adquieran de vez en cuando, y sobre todas sus adiciones y reemplazos o modificaciones, así como sobre todos los ingresos (incluidos los ingresos del seguro) de lo anterior. La garantía real otorgada en virtud de esta disposición constituye una garantía real de dinero de compra en virtud del Código Comercial Uniforme de Carolina del Norte.

 

  1. Modificación y enmienda. Estos Términos solo podrán ser modificados o enmendados mediante un escrito que establezca específicamente que modifica estos Términos y esté firmado por un representante autorizado de cada parte.

 

  1. Inspección y rechazo de bienes no conformes.

 a. El Comprador inspeccionará los Bienes dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción ("Período de Inspección"). Se considerará que el Comprador ha aceptado los Bienes a menos que notifique por escrito a Industrial Automation cualquier Bien No Conforme durante el Período de Inspección y proporcione la evidencia escrita u otra documentación que Industrial Automation requiera razonablemente. "Bienes No Conformes" significa únicamente lo siguiente: (i) el producto enviado es diferente al identificado en la orden de compra del Comprador; o (ii) la etiqueta o el embalaje del producto identifican incorrectamente su contenido.

b. Si el Comprador notifica oportunamente a Industrial Automation cualquier Bien No Conforme, Industrial Automation, a su entera discreción, (i) reemplazará dichos Bienes No Conformes con Bienes conformes, o (ii) acreditará o reembolsará el Precio de dichos Bienes No Conformes, junto con los gastos razonables de envío y manejo incurridos por el Comprador en relación con los mismos. El Comprador enviará, a su cargo y riesgo de pérdida, los Bienes No Conformes a las instalaciones de Industrial Automation ubicadas en 544 Pylon Drive, Raleigh, NC 27606. Si Industrial Automation ejerce su opción de reemplazar los Bienes No Conformes, Industrial Automation, después de recibir el envío de Bienes No Conformes del Comprador, enviará al Comprador, a cargo y riesgo de pérdida del Comprador, los Bienes reemplazados al Punto de Entrega.

c. El Comprador reconoce y acepta que los recursos establecidos en la Sección 8(a) son los recursos exclusivos del Comprador para la entrega de Bienes No Conformes. Excepto según lo dispuesto en la Sección 8(a), todas las ventas de Bienes al Comprador se realizan de forma unidireccional y el Comprador no tiene derecho a devolver a Industrial Automation los Bienes comprados en virtud de este Acuerdo. Es responsabilidad del Comprador revisar los Avisos de Retirada del Fabricante con respecto a sus productos, ya sea inscribiéndose para recibir notificaciones del Fabricante del producto o consultando el sitio web del Fabricante del producto de forma regular para obtener Avisos de Retirada.

d. Las notas de crédito solo son válidas por un año a partir de la fecha de emisión.

 

  1. Precio.

 a. El Comprador adquirirá los Bienes de Industrial Automation al precio (o precios) (los "Precio(s)") establecidos en la lista de precios publicada por Industrial Automation vigente en la fecha en que Industrial Automation acepte la orden de compra del Comprador.

 b. Todos los Precios son exclusivos de todos los impuestos sobre ventas, uso e impuestos especiales, y cualesquiera otros impuestos, aranceles y cargos similares de cualquier tipo impuestos por cualquier autoridad gubernamental sobre cualquier cantidad a pagar por el Comprador. El Comprador será responsable de todos esos cargos, costos e impuestos; siempre que, el Comprador no será responsable de ningún impuesto impuesto sobre, o con respecto a, los ingresos, ingresos brutos, personal o bienes inmuebles o muebles u otros activos de Industrial Automation.

 c. El Comprador reconoce que hay una tarifa de reabastecimiento del veinticinco por ciento (25%) sobre los Bienes devueltos.

 

  1. Términos de pago.

a. El Comprador pagará todas las cantidades facturadas adeudadas a Industrial Automation dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de la factura de Industrial Automation. El Comprador realizará todos los pagos en virtud del presente mediante transferencia bancaria, cheque o tarjeta de crédito y en dólares estadounidenses.

b. El Comprador pagará intereses sobre todos los pagos atrasados a la menor tasa del dos por ciento (2.0%) mensual o la tasa más alta permitida por la ley aplicable, calculada diariamente y capitalizada mensualmente. El Comprador reembolsará a Industrial Automation todos los costos incurridos en la recaudación de cualquier pago atrasado, incluidos, entre otros, los honorarios de abogados. Además de todos los demás recursos disponibles bajo estos Términos o por ley (a los que Industrial Automation no renuncia al ejercer cualquiera de los derechos aquí mencionados), Industrial Automation tendrá derecho a suspender la entrega de cualquier Bien si el Comprador no paga las cantidades adeudadas en virtud del presente y dicho incumplimiento continúa durante treinta (30) días después de la notificación por escrito.

c. El Comprador no retendrá el pago de ninguna cantidad adeudada y pagadera por razón de cualquier compensación de cualquier reclamo o disputa con Industrial Automation, ya sea relacionada con el incumplimiento, la quiebra o cualquier otra circunstancia de Industrial Automation.

d. Industrial Automation no será responsable de los aranceles de importación o exportación incurridos en relación con la entrega o recepción de bienes, ya que dichos aranceles son responsabilidad exclusiva del comprador o de la parte designada.

 

  1. Garantía limitada.

a. Industrial Automation garantiza que tiene título transferible sobre los Bienes y que durante un período de dos (2) años a partir de la fecha de envío de los Bienes ("Período de Garantía"), dichos Bienes estarán libres de defectos materiales en material y mano de obra.


b. EXCEPTO POR LA GARANTÍA ESTABLECIDA EN LA SECCIÓN 11(a) ANTERIOR, INDUSTRIAL AUTOMATION NO OFRECE NINGUNA OTRA REPRESENTACIÓN, GARANTÍA O SEGURIDAD DE NINGÚN TIPO CON RESPECTO A LOS BIENES, YA SEA EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, CUALQUIER GARANTÍA EXPRESA O IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, NO INFRACCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD O DE TERCEROS, USO EN EL COMERCIO, CURSO DE TRATO O CURSO DE EJECUCIÓN, TODAS LAS CUALES SON RECHAZADAS POR LA PRESENTE POR INDUSTRIAL AUTOMATION. SIN LIMITAR LA GENERALIDAD DE LO ANTERIOR, EL COMPRADOR ASUME TODO RIESGO Y RESPONSABILIDAD POR LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL USO DE CUALQUIER BIEN EN LA PRÁCTICA DE CUALQUIER PROCESO O EN COMBINACIÓN CON CUALQUIER OTRO BIEN O SERVICIO, YA SEA EN TÉRMINOS DE EFICACIA GENERAL, ÉXITO O FRACASO, Y SIN IMPORTAR NINGUNA DECLARACIÓN ORAL O ESCRITA HECHA POR INDUSTRIAL AUTOMATION, ASESORAMIENTO TÉCNICO O DE OTRO TIPO RELACIONADO CON EL USO DE LOS PRODUCTOS.

c. Industrial Automation no será responsable de un incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 11(a) a menos que: (i) el Comprador notifique por escrito el defecto, descrito razonablemente, a Industrial Automation dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de los Bienes; (ii) Industrial Automation tenga una oportunidad razonable después de recibir la notificación para examinar dichos Bienes y el Comprador (si así lo solicita Industrial Automation) devuelva dichos Bienes al lugar de negocios de Industrial Automation a cargo de Industrial Automation para que el examen se realice allí; y (iii) Industrial Automation verifique razonablemente la reclamación del Comprador de que los Bienes son defectuosos.

d. Industrial Automation no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 11(a) si: (i) el Comprador hace uso posterior de dichos Bienes después de dar dicho aviso; (ii) el defecto surge porque el Comprador no siguió las instrucciones orales o escritas de Industrial Automation en cuanto al almacenamiento, instalación, puesta en marcha, uso o mantenimiento de los Bienes; o (iii) el Comprador altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento previo por escrito de Industrial Automation.

e. Sujeto a las Secciones 11(c) y 11(d) anteriores, con respecto a cualquiera de dichos Bienes durante el Período de Garantía, Industrial Automation, a su entera discreción, (i) reparará o reemplazará dichos Bienes (o la parte defectuosa) sin costo para el Comprador o (ii) acreditará o reembolsará el precio de dichos Bienes a la tasa contractual pro rata, siempre que, si Industrial Automation así lo solicita, el Comprador, a cargo de Industrial Automation, devuelva dichos Bienes a Industrial Automation.

f. LOS RECURSOS ESTABLECIDOS EN LA SECCIÓN 11(E) SERÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL COMPRADOR Y LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE INDUSTRIAL AUTOMATION POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA LIMITADA ESTABLECIDA EN LA SECCIÓN 11(A).

g. Industrial Automation no garantiza al Comprador que sea un revendedor o vendedor autorizado de los Bienes vendidos al Comprador bajo estos Términos. La garantía de Industrial Automation establecida en esta Sección 11(a) es la única garantía que se aplica a los Bienes. El Comprador confirma que ha revisado las Condiciones del Producto de Industrial Automation. 

h. Industrial Automation no garantiza al Comprador que su cumplimiento bajo estos Términos cumpla con las leyes, regulaciones y ordenanzas de cualquier jurisdicción fuera de los Estados Unidos.

i, Muchos productos vendidos por Industrial Automation pueden tener software instalado. Sin embargo, Industrial Automation no hace ninguna declaración en cuanto a si los productos nuevos, excedentes o reacondicionados tienen o no software instalado, incluyendo cualquier firmware, y para aquellos productos que sí tienen software, si el software necesita actualizaciones, mejoras o revisiones. Industrial Automation tampoco hace ninguna declaración sobre la capacidad de obtener actualizaciones, mejoras o revisiones de software, o de instalar actualizaciones, mejoras o revisiones en cualquier producto excedente o reacondicionado. Industrial Automation no obtiene, ni obtendrá, ningún software para productos excedentes y reacondicionados. El software, y cualquier actualización, mejora o revisión del software, puede estar sujeto a los términos de una licencia, y es responsabilidad de cualquier persona que compre o use software, incluyendo cualquier actualización, mejora o revisión del software, seguir los términos de esa licencia.

 

  1. Limitación de responsabilidad.

 a. EN NINGÚN CASO INDUSTRIAL AUTOMATION SERÁ RESPONSABLE ANTE EL COMPRADOR O CUALQUIER TERCERO POR CUALQUIER PÉRDIDA DE USO, INGRESOS O GANANCIAS, PÉRDIDA DE DATOS O DISMINUCIÓN DE VALOR, O POR CUALQUIER DAÑO CONSECUENTE, INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, EJEMPLAR O PUNITIVO, YA SEA QUE SURJA DE INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, AGRAVIO (INCLUIDA NEGLIGENCIA) O DE OTRA MANERA, INDEPENDIENTEMENTE DE SI DICHOS DAÑOS FUERON PREVISIBLES Y DE SI INDUSTRIAL AUTOMATION HA SIDO ADVERTIDO O NO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS, E INDEPENDIENTEMENTE DEL FALLO DE CUALQUIER REMEDIO ACORDADO O DE OTRO TIPO DE SU PROPÓSITO ESENCIAL.

b. EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE INDUSTRIAL AUTOMATION QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON ESTE ACUERDO, YA SEA QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON UN INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, AGRAVIO (INCLUIDA NEGLIGENCIA) O DE OTRA MANERA, EXCEDERÁ EL TOTAL DE LOS MONTOS PAGADOS A INDUSTRIAL AUTOMATION POR LOS BIENES VENDIDOS BAJO EL PRESENTE.

 

  1. Cumplimiento de la ley. El Comprador cumplirá con todas las leyes, regulaciones y ordenanzas aplicables. El Comprador mantendrá en vigor todas las licencias, permisos, autorizaciones, consentimientos y permisos que necesite para cumplir con sus obligaciones en virtud de este Acuerdo. El Comprador cumplirá con todas las leyes de exportación e importación de todos los países involucrados en la venta de los Bienes en virtud de este Acuerdo o cualquier reventa de los Bienes por parte del Comprador. El Comprador asume toda la responsabilidad de los envíos de Bienes que requieran cualquier autorización de importación gubernamental. Industrial Automation puede rescindir este Acuerdo si alguna autoridad gubernamental impone derechos antidumping o compensatorios o cualquier otra penalización sobre los Bienes.

  1. Terminación. Además de cualquier recurso que pueda preverse en estas Condiciones, Industrial Automation podrá rescindir este Acuerdo con efecto inmediato previa notificación por escrito al Comprador si este: (i) no paga cualquier cantidad adeudada en virtud de este Acuerdo y dicho incumplimiento continúa durante quince (15) días después de la recepción por parte del Comprador de la notificación por escrito de impago; (ii) no ha cumplido o acatado de otra manera cualquiera de estas Condiciones, en su totalidad o en parte; o (iii) se vuelve insolvente, presenta una solicitud de quiebra o inicia o se inician contra él procedimientos relacionados con la quiebra, la administración judicial, la reorganización o la cesión en beneficio de los acreedores.

 

  1. Renuncia. Ninguna renuncia por parte de Industrial Automation a cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo será efectiva a menos que se establezca explícitamente por escrito y sea firmada por Industrial Automation. Ningún incumplimiento en el ejercicio, o retraso en el ejercicio, de cualquier derecho, recurso, poder o privilegio que surja de este Acuerdo opera, o puede interpretarse, como una renuncia al mismo. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, recurso, poder o privilegio en virtud del presente impedirá cualquier otro o posterior ejercicio del mismo o el ejercicio de cualquier otro derecho, recurso, poder o privilegio.

 

  1. Información Confidencial. Toda la información no pública, confidencial o propietaria de Industrial Automation, incluyendo pero no limitándose a especificaciones, muestras, patrones, diseños, planos, documentos, datos, operaciones comerciales, listas de clientes, precios, descuentos o rebajas (colectivamente, Información Confidencial), divulgada por Industrial Automation al Comprador, ya sea divulgada oralmente o divulgada o accedida de forma escrita, electrónica o de otra forma o medio, y esté o no marcada, designada o identificada de otra manera como “confidencial” en relación con este Acuerdo es confidencial, únicamente para el uso de la ejecución de este Acuerdo y no puede divulgarse ni copiarse a menos que Industrial Automation lo autorice previamente por escrito. A petición de Industrial Automation, el Comprador devolverá prontamente toda la Información Confidencial recibida de Industrial Automation. Industrial Automation tendrá derecho a una medida cautelar por cualquier violación de esta Sección. Esta Sección no se aplica a la información que: (a) sea de dominio público; (b) sea conocida por el Comprador en el momento de la divulgación; o (c) sea obtenida legítimamente por el Comprador de forma no confidencial de un tercero. El Comprador podrá divulgar Información Confidencial según lo exija la ley, cualquier agencia reguladora o autoridad supervisora, en la medida necesaria para cumplir con esa obligación legal, siempre que el Comprador notifique prontamente a Industrial Automation de dicha obligación, a menos que dicha ley u obligación legal lo prohíba.

 

  1. Fuerza Mayor. Ninguna de las partes será responsable ante la otra parte, ni se considerará que ha incumplido o quebrantado este Acuerdo, por cualquier fallo o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquier término de este Acuerdo (excepto por cualquier obligación del Comprador de realizar pagos a Industrial Automation en virtud del presente), cuando y en la medida en que dicho fallo o retraso sea causado o resulte de actos fuera del control razonable de la parte afectada (Parte Afectada), incluyendo, sin limitación, los siguientes eventos de fuerza mayor (cada uno, un Evento de Fuerza Mayor): (a) actos de Dios; (b) inundación, incendio, terremoto, epidemia o explosión; (c) guerra, invasión, hostilidades (ya sea que se declare la guerra o no), amenazas o actos terroristas, disturbios u otros disturbios civiles; (d) orden, ley o acciones gubernamentales; (e) embargos o bloqueos en vigor en o después de la fecha de este Acuerdo; (f) emergencia nacional o regional; (g) huelgas, paros o ralentizaciones laborales u otras perturbaciones industriales; (h) escasez de energía o instalaciones de transporte adecuadas; (i) otros eventos similares fuera del control razonable de la Parte Afectada. La Parte Afectada notificará dentro de los cinco (5) días del Evento de Fuerza Mayor a la otra parte, indicando el período de tiempo que se espera que continúe el suceso. La Parte Afectada hará esfuerzos diligentes para poner fin al fallo o retraso y garantizar que los efectos de dicho Evento de Fuerza Mayor se minimicen. La Parte Afectada reanudará el cumplimiento de sus obligaciones tan pronto como sea razonablemente posible después de la eliminación de la causa. En caso de que el fallo o retraso de la Parte Afectada permanezca sin subsanar durante un período de treinta (30) días después de la notificación por escrito dada por ella en virtud de esta Sección 18, cualquiera de las partes podrá rescindir este Acuerdo con un preaviso de cinco (5) días por escrito.

 

  1. Cesión. El Comprador no cederá ninguno de sus derechos ni delegará ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de Industrial Automation. Industrial Automation podrá ceder cualquiera de sus derechos o delegar cualquiera de sus obligaciones a cualquier afiliada o a cualquier persona que adquiera la totalidad o la sustancial totalidad de los activos del vendedor sin el consentimiento del Comprador. Cualquier supuesta cesión o delegación en violación de esta Sección será nula y sin efecto. Ninguna cesión o delegación exime al Comprador de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo.

 

  1. Relación entre las Partes. La relación entre las partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como creador de ninguna relación de agencia, sociedad, empresa conjunta o cualquier otra forma de empresa conjunta, empleo o relación fiduciaria entre las partes, y ninguna de las partes tendrá autoridad para contratar o vincular a la otra parte de ninguna manera.

 

  1. No hay Beneficiarios Terceros. Este Acuerdo es para el beneficio exclusivo de las partes del mismo y sus respectivos sucesores y cesionarios permitidos, y nada de lo aquí contenido, expreso o implícito, tiene la intención o conferirá a ninguna otra persona o entidad ningún derecho legal o equitativo, beneficio o remedio de cualquier naturaleza en virtud o por razón de estos Términos.

 

  1. Ley Aplicable. Todos los asuntos que surjan de o estén relacionados con este Acuerdo se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes internas del Estado de Carolina del Norte sin dar efecto a ninguna disposición o regla de elección o conflicto de leyes (ya sea del Estado de Carolina del Norte o de cualquier otra jurisdicción) que pudiera causar la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción que no sea la del Estado de Carolina del Norte.

 

  1. Sometimiento a la Jurisdicción. Cualquier demanda, acción o procedimiento legal que surja de o esté relacionado con este Acuerdo se interpondrá en los tribunales federales de los Estados Unidos de América o en los tribunales del Estado de Carolina del Norte, en cada caso ubicados en la ciudad de Raleigh y el condado de Wake, y cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.

 

  1. Notificaciones. Todas las notificaciones, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, demandas, renuncias y otras comunicaciones en virtud del presente (cada una, una Notificación) deberán ser por escrito y dirigirse a las partes a las direcciones establecidas en la Confirmación de Venta o a cualquier otra dirección que la parte receptora pueda designar por escrito. Todas las Notificaciones se entregarán mediante entrega personal, mensajería nacional reconocida con entrega al día siguiente (con todos los gastos pagados), facsímil (con confirmación de transmisión) o correo certificado o registrado (en cada caso, con acuse de recibo solicitado, franqueo pagado). Salvo que se disponga lo contrario en este Acuerdo, una Notificación es efectiva solo (a) al recibirla la parte receptora, y (b) si la parte que envía la Notificación ha cumplido con los requisitos de esta Sección.

 

  1. Divisibilidad. Si algún término o disposición de este Acuerdo es inválido, ilegal o inaplicable en cualquier jurisdicción, dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará a ningún otro término o disposición de este Acuerdo ni invalidará o hará inaplicable dicho término o disposición en cualquier otra jurisdicción.

 

  1. Supervivencia. Las disposiciones de estas Condiciones que por su naturaleza deban aplicarse más allá de sus términos permanecerán en vigor después de cualquier rescisión o expiración de este Acuerdo, incluyendo, entre otras, las siguientes disposiciones: Seguro, Cumplimiento de las Leyes, Información Confidencial, Ley Aplicable, Sometimiento a la Jurisdicción y Supervivencia.



  2. Abandono de la propiedad. En caso de que el cliente no realice el pago de los productos reparados o con servicio en un plazo de treinta (30) días a partir de la finalización del servicio, los productos se considerarán abandonados. Tras dicho abandono, la propiedad de los productos se transferirá automáticamente a Industrial Automation, y Industrial Automation tendrá derecho a retener la posesión de los productos hasta que se reciba el pago o a disponer de los productos según lo considere oportuno, sin ninguna otra obligación para con el cliente. El cliente renuncia por la presente a cualquier derecho a reclamar o exigir la devolución de los productos abandonados después del vencimiento del período de 30 días antes mencionado.